lunes, noviembre 26, 2007

AYUDAS A LA FAMILIA? A QUE FAMILIA?

MADRID- Sofía nació el pasado15 de noviembre. Sus padres sabían que el Gobierno había aprobado la concesión del denominado «cheque-bebé» y, antes de tenerlo en sus manos, ya habían pensado lo que harían con él. En primer lugar, lograr un desahogo y quitarse del cuello, aunque sólo fuera por unos meses, la soga del alquiler. Por otro, emplear una parte en viajar a los Estados Unidos para que los abuelos maternos pudieran conocer a la pequeña. Sin embargo, todo se desvaneció cuando Ignacio, el padre de la criatura, cruzó el umbral de la oficina de la Seguridad Social. No habría cheque, ni desahogo, y los abuelos tendrían que venir a España si quieren conocer al bebé.
Y es que, el hecho de que Kathryn, su mujer, lleve menos de dos años residiendo en España ha dejado a esta familia madrileña fuera del reparto de la ayuda. Indignado, Ignacio cogió la ley por los cuernos y la leyó y releyó con la intención de comprobar por sí mismo lo que creía un disparate. Lo que descubrió hizo que montara en cólera y está dispuesto a llegar a donde sea con tal de hacer valer los derechos de su familia. Se siente agraviado y discriminado con respecto a otro tipo de núcleos familiares, y así se lo hará saber al Defensor del Pueblo, al que tiene pensado enviar una misiva exponiendo su problema.
La primera de sus quejas tiene que ver con que la ayuda está prevista no para la familia, como él pensaba, sino para la mujer, y como la suya no ha cumplido el tiempo mínimo establecido, no tendría derecho al cheque: «Como si la familia sólo estuviera compuesta por la mujer y el hijo, cuando yo soy español, y mi hija también», afirma indignado. En el escrito que está preparando destaca que en la ley «existe una clara discriminación inconstitucional, por razón de sexo, al designar como receptora única en los casos normales a la madre».
Sin embargo, no fue ésa la única sorpresa que se llevó buceando en el texto legal: «Descubro que las parejas homosexuales de hombres que adopten sí tendrían derecho. Es decir, que si mi mujer fuese un hombre o si yo me hubiese unido a otro varón sí que podríamos optar a la ayuda». Así lo destaca también en la misiva remitida a Enrique Múgica: «Existe una clara discriminación inconstitucional, por razón de orientación sexual, pues en caso de adopción por un matrimonio entre personas del mismo sexo, para que este tipo de familia reciba la prestación, basta con que uno sólo de los cónyuges cumpla la condición de residencia continuada en España, ya que cualquiera de los dos cónyuges puede declararse madre en el momento de solicitar la prestación», añade.
Ignacio considera a su vez que «existe una clara discriminación en relación con las familias monoparentales, pues en este caso no es necesario que sea mujer quien adopte». Como «reflexión final» este padre considera «carente de lógica el hecho de que una mujer extranjera, que nunca haya cotizado a la Seguridad Social, sólo por cumplir la condición de residencia continuada en España durante dos años tenga más derecho que mi familia a la prestación citada, siendo yo uno de quienes con el pago de mis impuestos hago posible que la prestación pueda realizarse».
Desconocimiento
«Estábamos empezando, en un piso de alquiler porque no nos llega para comprar uno. Nos venía muy bien», asegura dolido. Además, otro de los aspectos más sonrojantes del asunto es que ha tocado muchas puertas institucionales y, afirma, «existe mucho desconocimiento de la ley incluso dentro de la Administración». Asegura que una de estas puertas ha sido la del PSOE: «Han dicho que estudiarían mi queja y me han reconocido que tenía razón, pero no me dicen nada. Voy a llevar todo esto hasta el final y, pese a que no tengo dinero, ya buscaré la forma de conseguirlo para ir a los tribunales si hace falta», asegura enérgicamente Ignacio.

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